jueves, 13 de diciembre de 2018

Adiós al secreto bancario: MEF otorgó más facultades a la Sunat

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El MEF fijó las pautas para el intercambio automático de información financiera. La obligación entrará en vigencia a partir del 2020. El gobierno espera que sus ingresos crezcan 19.5% a S/208,000 millones entre el 2020 y el 2022.
Los bancos, aseguradoras y entidades de inversión supervisadas por la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) están obligados a ajustarse a un reglamento de intercambio de información financiera. Éste faculta a la Sunat a solicitarles este tipo de información a partir del 2020. El objetivo del gobierno es combatir la evasión y la elusión tributarias e interconectar a la Sunat con sus pares en más de cien países, en su camino a adecuarse a las exigencias de la OCDE.
“El secreto bancario ya murió”, sostiene César Luna Victoria, socio del estudio Rubio Leguía Normand. “Esta información va a dar data sobre el patrimonio financiero de las personas. Si no está justificado, se generarán presunciones de ganancias no declaradas y sobre esas ganancias no declaradas se va a aplicar el impuesto a la renta (IR)”, agrega Luna Victoria. La información no podrá ser usada para efectos penales.
OBLIGACIONES Y ADECUACIÓN
El reglamento señala que en dos años los bancos tendrán que reportar la información financiera de algunos de sus clientes. El corte serán las personas que tengan en sus cuentas un “saldo y/o monto acumulado, promedio o monto más alto y rendimientos generados” superior al US$1 millón. La información de las demás cuentas —denominadas por la Sunat como de bajo valor— serán reportadas recién entre el 4 de enero y 31 de mayo del 2021.
En el caso de cuentas de custodia —en las que se depositan uno o varios activos financieros— se informará el importe bruto total de intereses, dividendos y de cualquier otro ingreso derivado de los activos mantenidos en la cuenta. En el caso de las cuentas de depósito se tendrá que informar el importe bruto total de los intereses pagados o acreditados en un año calendario. Queda pendiente que la Sunat emita una resolución detallando el formato en el cual se presentará la información, según Roberto Polo, gerente senior de consultoría tributaria de PwC.
Los bancos tienen una mayor facilidad para adecuarse a las nuevas obligaciones. “Los bancos se han venido preparando desde hace tiempo. No creo que estén preparadas las otras entidades no financieras”, dice Luna Victoria en referencia a las sociedades agentes de bolsa (SAB), las administradoras de fondos de inversión (SAFI), los patrimonios autónomos y fideicomisos. “[El reglamento] no es totalmente nuevo [para los bancos] por el FATCA, el intercambio de información financiera firmado con EEUU”, dice Quispe.
De otro lado, el reglamento establece que una entidad de inversión deberá informar cualquier participación en capital o deuda que tenga el cliente de alto patrimonio. En caso de fondos mutuos y fondos de inversión, se reportará la referencia a participación en el capital o deuda respecto al fondo administrado. En contratos de seguro, se pide reportar el valor en efectivo o el valor de rescate vigente al final del año. SEMANAeconómica pidió a Kallpa SAB, Renta 4 SAB, BCP, BBVA Continental y Pacífico Seguros cómo se vienen adaptando al reglamento, pero las entidades aún no han evaluado los alcances del decreto.
IMPACTO EN LA TRIBUTACIÓN
El gobierno anticipa una mayor recaudación con el intercambio de información automático y el paquete de medidas tributarias aprobadas en el marco de las facultades legislativas. Los cambios relacionados a las acciones del plan contra la erosión de la base imponible de la OCDE contribuirá a que los ingresos del gobierno general crezcan 19.5% a S/208,000 millones entre el 2020 y el 2022 y que la presión tributaria aumente de 20% del PBI a 20.06%, según proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual 2019-2022. La presión tributaria cerraría en 13.5% al cierre del 2018, según el MEF.
Quispe, exjefa de la Sunat, tiene un pronóstico más optimista. Las medidas antielusivas deberían “tener un impacto fuerte en la recaudación”, pero no el mismo año de aplicación, sino a lo largo de tres años. “Al tercer año se debería reportar al menos tres puntos porcentuales adicionales de presión tributaria”, manifestó.
Fuente : semanaeconomica.com

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