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jueves, 21 de mayo de 2020

CONOCE OPCIONES RENTABLES DE INVERSIÓN AL SOLICITAR LA DISPOSICIÓN DE ESTOS FONDOS DEL RETIRO DEL 25% DE LAS AFP

Retiro del 25% AFP! Conoce opciones rentables de inversión al ...

Los afiliados al sistema privado de pensiones (SPP) que retiren el 25% de sus fondos para aprovechar la oportunidad de decidir sobre el destino de sus aportes cuentan a la fecha con importantes alternativas de inversión que les podrían generar rentabilidades muy atractivas.

Estas últimas se refieren a los depósitos a plazo fijo en entidades financieras, los depósitos a plazo fijo en cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas para captar recurso del público (Coopac) y el crowdfunding, detalló la experta en regulación financiera Kerlyn Toscano Villena.

Mecanismos

Respecto al depósito a plazo fijo en una entidad financiera, sostuvo que se trata de una opción muy buena porque en caso de quiebra, el dinero se encuentra protegido por el Fondo de Seguro de Depósito hasta por 100,123 soles.

De esa manera, consideró que lo más favorable es el depósito en financieras o cajas municipales o rurales, que según la SBS ofrecen un interés promedio de 5.68%, 5.07% y 5.78%, respectivamente, por depósitos a más de 360 días. “Incluso si se decide retirar los fondos antes del plazo de vencimiento, por lo general no se pagan los intereses”.

Respecto al Coopac, anotó que estas entidades no persiguen fines lucrativos, sino sociales, por lo que para acceder a ella se debe ser socio.

Lo atractivo, dijo, es que estas instituciones ofrecen tasas superiores a las de las entidades bancarias y, aunque por una cobertura inferior, también cuentan con un fondo de seguro exclusivo, el cual cubre hasta 10,000 soles para las Coopac con activos mayores a 32,200 soles; y hasta 5,000 soles para las que tienen activos menores a dicho monto.

“En caso de retirar sus fondos antes de tiempo, podría no recibir los intereses”, detalló la experta, que agregó que existen también otras alternativas como la compra de valores.

“La decisión sobre la mejor opción dependerá del grado de tolerancia al riesgo de cada persona, dijo Toscano Villena.

Financiamiento colectivo

El crowdfunding es otra opción. Se trata de una modalidad de financiamiento colectivo en el que varias personas pueden financiar un proyecto o idea vía plataforma en internet.

Existen cuatro tipos y uno de ellos funciona como un préstamo. Es decir, se financia cierto proyecto y a cambio se recibe un interés bastante atractivo, detalló Toscano Villena.

No obstante, sostuvo que el riesgo de inversión es alto por carecer de un seguro, entre otros. Por ello, dijo, se debe analizar bien el proyecto, invertir montos pequeños y elegir una plataforma formal.

Además, este tipo de financiamiento está en proceso de regulación, aunque la SMV ya estableció que las empresas de crowdfunding que operan deben remitirles determinada información, explicó.

Regla general

Según la normativa de la SBS, el monto máximo que se puede retirar es de 12,900 soles; de superar los 4,300 soles, será pagado en dos armadas.

Fuente: Diario El Peruano

¿ES OBLIGATORIO RENOVAR CONTRATOS A PLAZO FIJO?

Estado de emergencia: ¿La renovación de contrato es automática si ...

Cesar Puntriano

Abogado laboralista

¿Está obligado el empleador a renovar los contratos de trabajo a plazo celebrados con su personal? ¿Cambia en algo la regla general durante la emergencia sanitaria? La respuesta en ambos es no. Como regla general, el empleador no está obligado a renovar un contrato de trabajo a plazo fijo, salvo una excepción que se aplica con independencia de la emergencia sanitaria, y a la que ahora nos referiremos.

La regla general está contenida en el art. 16 del D.S. Nº 003-97-TR. Esta causal de terminación del contrato opera de pleno derecho, sin que sea necesaria la intervención de las partes contratantes. Ni el trabajador ni el empleador están legalmente obligados a renovar los contratos de trabajo a plazo fijo, por lo que resulta plenamente válido darlo por concluido al haber finalizado el plazo. El Tribunal Constitucional ha ratificado ello en las STC Nº 5126-2005-AA/TC, 04818-2013-PA/TC, 04818-2013-PA/TC, entre otras. Este cese por vencimiento de plazo opera aun cuando el trabajador se hubiera afiliado a un sindicato, tenga la condición de dirigente sindical, tuviese más de 65 años, o con descanso médico.

Pero, como señalamos, existe una excepción, y esta refiere a las madres que trabajan. La Ley Nº 30709, que prohíbe la discriminación entre varones y mujeres, en concordancia con su reglamento, impide la no renovación de contratos a plazo fijo de las trabajadoras gestantes o en período de lactancia. Esto último culmina cuando el niño o niña cumpla 1 año de edad. Lo anterior no resultará aplicable si la no renovación del contrato obedeció a la desaparición de la causa que justificó la contratación.

Otro tema a analizar es si el contrato ha sido celebrado en cumplimiento del marco laboral vigente, pues como sabemos su no renovación es considerada como un despido por la jurisprudencia, siempre y cuando, insistimos, se declare la desnaturalización del contrato. En este caso no se cuestiona el vencimiento del plazo como tal, sino la inaplicación de un plazo al contrato a plazo fijo desnaturalizado que, por ley, pasa a ser considerado como uno de duración indeterminada. En conclusión, es legalmente válida la terminación de los contratos a plazo fijo por vencimiento del plazo pactado, inclusive durante la emergencia sanitaria, considerando la salvedad antes señalada.

Fuente: Diario el Peruano

martes, 19 de mayo de 2020

Retiro de 25% de AFP: BCP, Scotiabank y BBVA habilitan cuentas intangibles para que afiliados reciban depósito

Desde este lunes 18 de mayo inició el trámite para la solicitud de los fondos en el marco de la emergencia. (Foto: GEC)

Desde ayer se habilitó la opción para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (AFP) soliciten el retiro extraordinario del 25% de sus ahorros previsionales, por montos que van hasta los S/12.900.

Al aprobar la ley, el Legislativo omitió la intangibilidad de dichos fondos, con lo cual el dinero podía ser sujeto al cobro de deuda una vez que se deposite en una cuenta del sistema financiero. Ante ello, tanto bancos como reguladores han desplegado una rápida respuesta.

Montos a retirar y forma de depósito, según la ley.
Montos a retirar y forma de depósito, según la ley.

Al amparo del Decreto de Urgencia 056-2020 emitido el pasado viernes, las entidades del sistema financiero tenían la opción para crear cuentas masivas e intangibles para la recepción de diversos beneficios otorgados durante el estado de emergencia. Entre ellos, también estaban habilitadas para recibir los fondos previsionales de las AFP y preservar su carácter de intangible.La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) explicó a El Comercio que las entidades ya están habilitadas para crear dichas cuentas.

“Las disposiciones contenidas en el DU N 056-2020 son de aplicación inmediata y no requieren de una reglamentación para ello. Sin perjuicio de lo señalado, la SBS se encuentra facultada para emitir normas de carácter reglamentario que complementen las disposiciones de dicho DU, y que establezcan características y condiciones adicionales para la apertura de las cuentas, en caso sea necesario”

  • Las cuentas

El último sábado, el BBVA informó que se estará habilitando sus cuentas Independencia para la recepción de los fondos previsionales al amparo de la ley. Así, los clientes del banco solo tendrán que registrar su actual cuenta al momento de realizar su solicitud de retiro de AFP y BBVA automáticamente creará una nueva a la cual llegarán los fondos.

El mismo mecanismo aplicará el banco BCP. Su cuenta Contigo BCP se habilitará automáticamente una vez que los usuarios del banco ingresen su cuenta vigente. “No la crearemos si el titular de la cuenta indicada por el cliente en la web de la Asociación no coincide con el DNI ingresado. O si la cuenta ingresada ya está cerrada”, explicó el banco.

En el caso de Scotiabank, el dinero a recibir será en las cuentas Free Perú +, que se creará también de manera automática y sin costo alguno. “La cuenta permitirá recibir de manera exclusiva el monto que las personas retiren de sus AFPs. El cliente podrá disponer del efectivo desde cualquier cajero a nivel nacional, sin costo alguno, o realizar pagos a través de la banca móvil o app, pero no podrá realizar otro tipo de depósitos en la cuenta”, aseveró.

Para el profesor de la Universidad del Pacífico, Jorge Carillo, “es cuestión de tiempo” para que otras entidades habiliten estas cuentas. La Comisión de Economía del Congreso aprobó ayer en sesión extraordinaria un dictamen que modifica la Ley del retiro del 25% incorporando la intangibilidad de los fondos. Al respecto, Carillo sostuvo lo siguiente:

Si se aceleran los trámites, hoy se estaría enviando al Ejecutivo y mañana mismo se podría promulgar, publicándose en El Peruano al día siguiente. El riesgo sería que no se publique esta semana, tomando en cuenta que es probable que los primeros depósitos se efectúen el lunes 25.


¿Debo acudir a las oficinas de mi AFP para el trámite?

El proceso se realiza únicamente por canal digital. La Asociación de AFP (AAFP) ha dispuesto un portal web donde, al igual que para el retiro de los S/2.000 aún vigente, se puede realizar el trámite para el retiro del 25% de los fondos.

Se seguirá un cronograma en función al último número del DNI. Hoy se encuentra vigente el trámite para los dueños de los documentos que termine en cero. Según la AAFP, hasta las 4 de la tarde de ayer, 203.851 afiliados ingresaron su solicitud.

¿El monto depositado está sujeto al cobro de deudas?

La presidenta de la Asociación de AFP, Giovanna Prialé, en diálogo con El Comercio, aseveró que el afiliado aún deberá evaluar la cuenta que usará para recibir sus fondos, puesto que estos –a diferencia del retiro de S/2.000– no son intangibles.

“Hemos colocado en la web de retiro un aviso donde se le informa al afiliado que revise cuidadosamente su cuenta bancaria”, explicó. Son 16 entidades las que recibirán los fondos ante el retiro del 25%, pero según Prialé, solo en ocho se ha logrado detener el cobro automático.

“Cuando uno ingresa la cuenta en la web para la solicitud, el mismo portal te avisa si esa entidad aún tiene habilitado el débito por deudas. Si lo tuviera, la misma web te deriva para crear una nueva cuenta en otra que no lo tuviera”, explicó.

Fuente: Diario El Comercio

lunes, 18 de mayo de 2020

SBS aprueba creación de cuentas intangibles para retiro del 25% de AFP y no podrán ser embargadas

La SBS indicó que la intangibilidad de las cuentas tendrá una duración de un año. (Foto: GEC)La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la apertura de cuentas intangibles en el sistema financiero a fin de que el dinero que reciban los aportantes del sistema privado de pensiones, como el retiro del 25% de su fondo de la AFP, no pueda ser afecto a retenciones por el plazo de un año.

    “El mencionado Decreto de Urgencia (N.° 056-2020) permite que los afiliados que decidan retirar el 25% de su AFP, puedan depositar sus retiros en dichas cuentas, y no ser objeto de retención u otra afectación sea por orden judicial y/o administrativa, ya que dichas cuentas tienen carácter de intangible por el período de un año”, informó la SBS mediante un comunicado.

    La SBS indicó que esta medida permitirá que los aportantes puedan aprovechar de una mejor manera su dinero durante el estado de emergencia instaurado frente al avance del COVID-19, enfermedad infecciosa causada por el nuevo coronavirus.

    Además, fomentará que más beneficiados puedan recibir su dinero en una cuenta bancaria, evitando así aglomeraciones por el recojo en efectivo de sus aportes.

    Cabe indicar que la ley del retiro del 25% de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) establece que el retiro mínimo es de S/ 4,300 (1 UIT), mientras que el monto máximo no debe superar los S/ 12,900 (3 UIT).

    Fuente: Diario El Comercio


    Retiro de 25% de AFP: AQUÍ cronograma completo para solicitar tu dinero en Habitat, Prima, Integra o Profuturo

    El lunes 18 de mayo inician las solicitudes para el retiro del 25% de AFP Integra, AFP Habitat, Prima AFP y Profuturo AFP. (Foto: Composición)

    La Asociación de AFP (AAFP) puso a disposición de los usuarios el primer tramo del cronograma para realizar la solicitud del retiro de hasta 25% de los fondos de las AFP, según la ley aprobada por el Congreso de la República.

    En esta primera entrega, que irá del 18 de mayo al 12 de junio, se tomará en cuenta a los afiliados con cuenta bancaria en algunas de las siguientes entidades financieras:

    Banco de la Nación, Banbif, BBVA, BCP, Caja Huancayo, Interbank, Banco Pichincha y Scotiabank, Banco de Comercio, Caja Arequipa, Caja Piura, Caja Sullana, Caja Tacna, CrediScotia, Banco Falabella y Banco GNB.

    El trámite para el registro de solicitudes de retiro comienza el lunes 18 de mayo, es gratuito y 100% virtual. Se realizará a través de www.consultaretiroafp.pe de lunes a viernes en el horario de 8 a.m. a 8 p.m.

    Los clientes de Banco de la Nación, Banbif, BBVA, BCP, Caja Huancayo, Interbank, Banco Pichincha y Scotiabank podrán solicitar el depósito del retiro de sus fondos con su número de cuenta bancaria.

    En tanto, los usuarios de Banco de Comercio, Caja Arequipa, Caja Piura, Caja Sullana, Caja Tacna, CrediScotia, Banco Falabella y Banco GNB podrán solicitarlo con su código de cuenta interbancaria (CCI).

    Cronograma

    Si tu DNI termina en:Registra tu solicitud el:
    0, letra u otro18 y 19 de mayo
    120 y 21 de mayo
    222 y 25 de mayo
    326 y 27 de mayo
    428 y 29 de mayo
    501 y 02 de junio
    603 y 04 de junio
    705 y 08 de junio
    809 y 10 de junio
    911 y 12 de junio

    El segundo tramo para registrar la solicitud de retiro irá del 13 de junio hasta el 16 de julio.

    ¿Cómo registrar la solicitud?

    1. Ingrese a www.consultaretiroafp.pe y seleccione la opción “25%”.
    2. Coloque el número de tu documento de identidad y tu fecha de nacimiento.
    3. Si coloca su DNI, se le pedirá consignar el dígito verificador (la web le mostrará un ejemplo para identificarlo).
    4. Marca la casilla del capcha para así comenzar con el registro de su solicitud.
    5. Complete su solicitud de retiro colocando su correo electrónico, teléfono, dirección, número de cuenta bancaria (sin espacios y guiones) y el monto a retirar.

    ¿Cuánto se puede retirar?

    Considerando el saldo acumulado de tu fondo, podrá retirar desde S/4.300 (1 UIT), hasta el 25% del total de tu fondo, con un tope máximo de S/12.900 (3 UIT), de acuerdo con la Ley Nº 31017.

    Saldo del fondoMonto a retirarPlazos y formas de pago
    Hasta S/ 4,300Hasta S/4.300 (100%)1 sola armada, a 10 días de presentada la solicitud
    De S/ 4,300 a S/ 17,200S/4.30050% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. 50% a los 30 días calendario del primer desembolso
    De S/ 17,200 a S/ 51,600Hasta 25%50% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. 50% a los 30 días calendario del primer desembolso
    Mayor a S/ 51,600Hasta S/12.90050% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. 50% a los 30 días calendario del primer desembolso

    La Asociación de AFP ha puesto a disposición de los usuarios los siguientes canales de atención y consulta:


    Fuente: Diario El Comerio

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