A partir de marzo del 2019 los principales contribuyentes tendrán que contratar a los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE).
La Sunat dispuso que a partir de marzo del 2019 los emisores electrónicos que tengan la calidad de principales contribuyentes al 31 de diciembre del 2018 tendrán que contratar a los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE), empresas privadas facultadas por la entidad para verificar, validar y autorizar la emisión de comprobantes y facturas electrónicas. De acuerdo con el cronograma de la Sunat, el próximo año terminaría el proceso de digitalización que obligará a las empresas a decirle adiós al papel.
Se agrega que los sujetos —en los que, a partir del 1 de enero de 2019, concurran las calidades de emisor electrónico y de principal contribuyente nacional, principal contribuyente de la Intendencia Lima, principal contribuyente de intendencia regional u oficina zonal o agente de retención o agente de percepción del impuesto general a las ventas— deberán emitir bajo el nuevo modelo de facturación electrónica desde el primer día calendario del cuarto mes siguiente cuando comiencen a emitir electrónicamente.
Mediante este nuevo sistema de emisión, las empresas ya no tendrán que enviar a la Sunat las facturas electrónicas para su validación, ya que la supervisión estará a cargo de los OSE. En el Perú existen seis Operadores de Servicios Electrónicos: Paperless, Efact, Transporte Confidencial de Información (TCI), Escon, The Factory HKA y Digiflow, empresa de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Además de los OSE otro grupo podrá hacer uso del Sistema de Emisión Electrónica Sunat Operaciones en Línea (SEE-SOL), este sistema está dirigido a pequeñas operaciones. Carlos Drago, jefe del Programa de Transformación Digital de la Sunat, explicó previamente que si un contribuyente emite menos de 100 comprobantes al mes, facturas y boletas, lo podrá seguir haciendo a través del portal de la Sunat. La calidad de emisor electrónico en el sistema SEE-SOL se obtiene por designación de la Sunat o por elección del contribuyente. Este sistema tiene como característica que es gratuito.
Recalca obligaciones
A través de una resolución publicada en El Peruano, la Sunat además reguló las nuevas obligaciones de los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE), entre las que destaca la obligación del OSE de poner a disposición del emisor electrónico, el adquirente o usuario, la posibilidad de consultar en una página web la fecha en que se emitió la boleta de venta electrónica.
A través de una resolución publicada en El Peruano, la Sunat además reguló las nuevas obligaciones de los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE), entre las que destaca la obligación del OSE de poner a disposición del emisor electrónico, el adquirente o usuario, la posibilidad de consultar en una página web la fecha en que se emitió la boleta de venta electrónica.
“Cuando la factura que emita por la prestación de sus servicios incluya el servicio de comprobación informática, consignar este y su valor de venta como un ítem independiente de los otros servicios que figuran en esa factura”, se agrega como obligación. De otro lado, se dispone como sanción para los OSE una multa de 25 UIT en caso esta empresa no ponga a disposición del emisor la posibilidad de consulta en una página web.
Fuente: Semana Económica
Fecha: 15/10/18
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