martes, 16 de octubre de 2018

Facturación Electrónica: nuevas obligaciones para los OSE

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Los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE) de la Sunat deberán informar, vía web, sobre los comprobantes de pago emitidos.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) impuso nuevas obligaciones para los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE), así como las multas en caso de incumplirlas.
Los OSE son las empresas que validan la emisión de comprobantes de pago electrónicos, para su correcta circulación. Además, informan a la Sunat sobre los documentos emitidos.
Estos operadores ahora se encuentran obligados a publicar la información sobre los comprobantes emitidos en una página web.
Los datos deberán estar a disposición del ” emisor electrónico, el adquirente o usuario, el destinatario, el remitente y/o el transportista”.
Principalmente, la información debe consignar la validez de la factura electrónica o la boleta de venta electrónica.
Además, si estos documentos cuentan con una constancia de recepción (CDR) o una comunicación de inconsistencias.
En caso de incumplimiento, la multa será de 25 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que actualmente suman S/ 103,750. Esta medida entrará en vigencia el 1 de enero de 2019.
Además, la resolución de superintendencia Nº 242-2018/SUNAT, que establece estos cambios, define dos directrices extra para los OSE.
Estos deberán identificar el servicio de comprobación informática que brindan, y especificarlo como un ítem independiente en la emisión de la factura por estos servicios.
El incumplimiento de cualquiera de estas dos obligaciones será sancionada con una UIT (S/ 4,150). En este caso, entra en vigencia el día de mañana.
Fuente: Perú 21
Fecha: 16/10/18

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