El acta de otorgamiento de la buena pro a la empresa Veolia Servicios Perú SAC por un millón 896,750 soles dejaría sin piso a la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh), en su defensa al contrato por diez compactadoras para el recojo de residuos sólidos.

El Minan en su Resolución Directoral n.° 0034 indica que el artículo 87 del Reglamento del Decreto Legislativo n.° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establece que las empresas vinculadas al manejo de los residuos sólidos deben inscribirse previamente en el Registro Autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos administrado por el Ministerio del Ambiente. La MPCh, en un comunicado, anexó el documento de Digesa a favor de Veolia en el que se lee: “El registro tiene vigencia de cuatro años y no constituye autorización de funcionamiento u operación”.
Empero ¿en qué se ampara la comuna para sostener el contrato? En el Decreto Supremo n.° 014-2017, del Minam que —según indica— con la entrada en vigencia del mismo las empresas mantendrán su inscripción en las mismas condiciones en las que les fue otorgada.
Pulgar dijo que el proceso fue legítimo y que se desconoce la Ley de Contrataciones.
Fuente La República
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