OPERATIVO INICIÓ EN AGOSTO Y ES A NIVEL NACIONAL
Desde agosto, la Administración Tributaria viene requiriendo a los contribuyentes que realizan operaciones con POS la regularización de impuestos.
La Sunat viene realizando acciones de control a diferentes negocios (restaurantes, discotecas y otros) y trabajadores independientes (abogados, médicos, entre otros) -a nivel nacional- que reciben sus ingresos con tarjetas de crédito o débito, alertó el tributarista José Verona.
Mediante el cruce de información que han recibido de las empresas operadoras de tarjetas de crédito o débito (Terminal Punto de Venta o POS), la Sunat detectó que los contribuyentes no habrían emitido las declaraciones de ventas correspondientes a estos ingresos.
Verona detalló que la información que se requiere corresponde a las operaciones realizadas entre enero y abril de este año. Este tipo de fiscalización se inició en agosto.
Gradualidad
De otro lado, explicó que el fisco requiere a los contribuyentes, a través de la notificación electrónica de cartas inductivas, en los buzones electrónicos, para que presenten la documentación correspondiente que justifique las diferencias mostradas entre los ingresos y las declaraciones del Impuesto General a las Ventas (IGV)que han presentado a las compras detectadas.
De otro lado, explicó que el fisco requiere a los contribuyentes, a través de la notificación electrónica de cartas inductivas, en los buzones electrónicos, para que presenten la documentación correspondiente que justifique las diferencias mostradas entre los ingresos y las declaraciones del Impuesto General a las Ventas (IGV)que han presentado a las compras detectadas.
Verona comentó que esta información debe corresponder en monto y día de la operación (huella digital). De lo contrario, los montos no sustentados serán considerados como una evasión al fisco.
La Sunat señala que vencido el plazo para la cita con el contribuyente, sin que cumpla con presentar descargos o regularización de los impuestos adeudados, iniciará las acciones de control tales como inspecciones, verificaciones, auditorías y, de ser el caso, la aplicación de sanciones.
En estos casos, se precisa, los contribuyentes infractores perderán la aplicación del régimen de gradualidad, que permite el acogimiento de un beneficio de hasta 90% de las multas.
Aunque el pago del impuesto omitido deberá ser cancelado íntegramente.
Aunque el pago del impuesto omitido deberá ser cancelado íntegramente.
Fuente: diario Gestión
Fecha: 03/09/2018
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