lunes, 16 de julio de 2018

PASOS PARA EL DIVORCIO RÁPIDO NOTARIAL

Divorcio Rápido Notarial

Descripción

Puedes disolver tu vínculo matrimonial mediante el llamado “Divorcio Rápido” o Procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior.
Para ello debes acudir a una notaría del distrito en el que te casaste por civil o que corresponda al último domicilio conyugal (lugar donde vivió junta la pareja).
Para este procedimiento existe una serie de requisitos generales, pero cada notaría establece los detalles sobre las características de los documentos o la manera de presentarlos, así como el costo del trámite. Para conocer las condiciones específicas de tu caso, comunícate con la notaría correspondiente.
Puedes encontrar información de las notarías en el Perú en el Directorio Notarial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Hazlo en 2 etapas

Las dos etapas del procedimiento para disolver el vínculo matrimonial son:
Ambas etapas deben realizarse en la misma notaría.

Separación Convencional Notarial

Para obtener la Separación Convencional en una notaría existe una serie de requisitos generales, pero cada una establece los detalles sobre las características de los documentos o la manera de presentarlos, así como el costo del trámite. Para conocer las condiciones específicas de tu caso, comunícate con la notaría correspondiente. 
Puedes encontrar información de las notarías en el Perú en el Directorio Notarial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Requisitos
Los requisitos y condiciones generales son:
  • Duración del matrimonio: La pareja debe tener como mínimo 2 años de matrimonio.
  • Solicitud: Ambos cónyuges deben declarar ante el notario su voluntad de separarse, presentando una solicitud firmada, según indique la notaría. Presentando esta solicitud y los demás documentos empieza el procedimiento.
  • Documentos de identidad: Presentar original y copia de los documentos de identidad de los cónyuges.
  • Partida o acta de matrimonio: Copia certificada del acta o partida del Matrimonio Civil, expedida dentro de los 3 meses anteriores.
  • Certificación de domicilio: En el caso del domicilio conyugal, algunas notarías verifican esto con la dirección del DNI y otras solicitan una declaración jurada de los contrayentes.
  • Hijos: Si no hay hijos, presentar una declaración jurada. En caso de tener hijos menores de edad, presentar copia de las partidas de nacimiento y el acta de conciliación o sentencia sobre patria potestad, alimentos, tenencia y visitas. Si hay hijos mayores de edad con incapacidad, presentar copia de partida de nacimiento y el acta de conciliación o sentencia sobre la curatela, alimentos, visitas o interdicción.
  • Patrimonio: Si no hay bienes en común (sujetos a la sociedad de gananciales), presentar una declaración jurada. En caso contrario, presentar el Testimonio inscrito en Registros Públicos de separación de patrimonios o el Testimonio de sustitución o liquidación del régimen patrimonial.
  • Pago de tasa: Presentar la constancia de pago de la tasa por el procedimiento. El monto varía según la notaría.
Los requisitos varian en cada notaría. Asimismo, algunas notarías tienen formatos ya definidos para las solicitudes, declaraciones juradas, etcétera.

Hazlo en 4 pasos

1. Revisa los requisitos
Verifica cumplir los requisitos y reúne los documentos necesarios, de acuerdo a lo que indique la notaría elegida.
2. Paga la tasa y presenta los documentos
Paga la tasa correspondiente y presenta tu solicitud y documentación. Si todo está conforme y tu caso califica para obtener la Separación Convencional, el notario citará a ambos cónyuges para una Audiencia Única en un plazo de 15 días.
3. Acude a la audiencia
Tú y tu pareja deben acudir a la Audiencia Única para ratificar o no su voluntad de separarse. Si uno, o ambos, no se presentaran por una razón justificada, el notario convocará a una nueva audiencia en un plazo no mayor de 15 días. Si ambos faltan a la segunda citación, se da por concluido el procedimiento y tendrán que empezar un nuevo trámite.
4. Acta notarial
Si en la Audiencia Única ambos ratifican el deseo de separarse, el notario declara la Separación Convencional y se emitirá un acta notarial.
Importante
Tras la Separación Convencional tú y tu cónyuge estarán oficialmente separados, pero subsiste su vínculo matrimonial. Para disolver este definitivamente, deben continuar con el proceso de Divorcio Ulterior Notarial.

Divorcio Ulterior Notarial

Para obtener el Divorcio Ulterior debes solicitarlo en la misma notaría en la que se llevó a cabo tu Separación Convencional. Asimismo, deben haber pasado como mínimo 2 meses desde que se declaró la separación mediante el acta notarial.
Existe una serie de requisitos generales, pero cada notaría establece los detalles, así como el costo. Para conocer las condiciones específicas de tu caso, comunícate con la notaría correspondiente.
Requisitos
Los requisitos y condiciones generales son:
  • Duración de la separación: Deben haber pasado al menos 2 meses desde que se dio la Separación Convencional.
  • Solicitud: Tú o tu cónyuge pueden pedir al notario la disolución del vínculo matrimonial, mediante una solicitud firmada, según lo indique la notaría. No es necesario que lo hagan los dos.
  • Documento de identidad: Del cónyuge que solicita el Divorcio Ulterior.
  • Documentos adicionales: La notaría te puede solicitar presentar copia o datos de los documentos relacionados con la Separación Convencional.
  • Pago de tasa: Presentar la constancia de pago de la tasa por el procedimiento. El monto varía según la notaría.
Esto puede variar dependiendo del lugar. Asimismo, algunas notarías tienen formatos ya definidos para las solicitudes y documentos a presentar.

Hazlo en 3 pasos


1. Revisa los requisitos 
Verifica cumplir los requisitos y reúne los documentos necesarios, de acuerdo a lo que indique la notaría elegida.
2. Paga la tasa y presenta los documentos 
Paga la tasa que y presenta tu solicitud y documentación. 
3. Disolución del vínculo matrimonial
Si todo está conforme, el notario resolverá la solicitud en un plazo no mayor de 15 días y se declarará el Divorcio Ulterior. Asimismo, dispondrá que este se inscriba en el registro correspondiente.

Fuente:
https://www.gob.pe/

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