Aviso – Ciudadano Extranjero residente en el Perú
Estimado, ciudadano EXTRANJERO RESIDENTE EN EL PERÚ, se le comunica que para salir y reingresar al país con su misma calidad migratoria ésta deberá estar vigente y presentará los requisitos según lo señalado por el TUPA:
Generales:
Para las calidades migratorias de: Familiar de Residente, Estudiante, Religioso:
– Documento de viaje vigente ( Pasaporte /o cédula de identidad, según corresponda)
– Residencia vigente ( Carné de Extranjería: Prórroga y Tasa Anual de Extranjería al día)
– Tarjeta Andina de Migración
– Documento de viaje vigente ( Pasaporte /o cédula de identidad, según corresponda)
– Residencia vigente ( Carné de Extranjería: Prórroga y Tasa Anual de Extranjería al día)
– Tarjeta Andina de Migración
Para las calidades migratorias de; Trabajadores Residentes (WRA), Inversionista (IIA), Rentista (RXA), además de los requisitos generales, deberán presentar:
– Certificado de Rentas y Retenciones. (Formulario N°1492, 1692, 1494, 1495, según corresponda)
– Certificado de Rentas y Retenciones. (Formulario N°1492, 1692, 1494, 1495, según corresponda)
Nota:
1- Se encuentran exceptuados de presentar el Certificado de Rentas y Retenciones; los menores de edad, Estudiantes, Religiosos, Inmigrantes, Diplomáticos y Oficiales.
2- Menores de Edad: Deberá presentar la Autorización de Viaje, Judicial o Notarial. La Autorización de viaje expedida en los Consulados en el extranjero, debe ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
1- Se encuentran exceptuados de presentar el Certificado de Rentas y Retenciones; los menores de edad, Estudiantes, Religiosos, Inmigrantes, Diplomáticos y Oficiales.
2- Menores de Edad: Deberá presentar la Autorización de Viaje, Judicial o Notarial. La Autorización de viaje expedida en los Consulados en el extranjero, debe ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
Para salir del país en forma DEFINITIVA, con anticipación, deberá solicitar la “CANCELACIÓN DE LA RESIDENCIA Y EMISIÓN DE LA FICHA DE SALIDA DEFINITIVA”, en la Sede Central de MIGRACIONES y/o Jefaturas Zonales, presentando los siguientes requisitos según el TUPA:
– Formulario F-007 (Gratuito).
– Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite.(S/. 20.80)
– Carné de extranjería con la prórroga de residencia y pago de la Tasa Anual de Extranjería (TAE) al día.
– Carta notarial de garantía o liquidación de Impuesto expedida por la SUNAT (exclusivamente para mayores de edad).
– Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite.(S/. 20.80)
– Carné de extranjería con la prórroga de residencia y pago de la Tasa Anual de Extranjería (TAE) al día.
– Carta notarial de garantía o liquidación de Impuesto expedida por la SUNAT (exclusivamente para mayores de edad).
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