Esto en cumplimiento de la Ley N°30709, que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.
Desde fin de año las empresas a nivel nacional deberán informar a sus empleados sobre las funciones y sueldos dentro de sus planillas.
Brecha salarial
El 8 de marzo de este año, coincidiendo con el Día Internacional de la Mujer, el gobierno publicó el Reglamento de la Ley N°30709, que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres vía el Decreto Supremo 002-2018 TR.
El 8 de marzo de este año, coincidiendo con el Día Internacional de la Mujer, el gobierno publicó el Reglamento de la Ley N°30709, que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres vía el Decreto Supremo 002-2018 TR.
Esa medida obliga a las empresas a contar con cuadros que establezcan categorías, funciones y bandas salariales por puestos.
El laboralista Percy Alache de la consultora PwC, explicó que la norma que vencía el 25 de junio de este año se amplió hasta el 31 de diciembre de 2018.
La norma
Alache añadió que según una tercera y última modificación a la norma los plazos fueron ampliados. Según la ley, el MTPE tiene que emitir el contenido mínimo de los documentos que las empresas deben preparar hasta el 14 de julio de este año y la Sunafil que va a fiscalizar esta obligación tiene para emitir sus directivas hasta el 14 de junio de este mes.
Alache añadió que según una tercera y última modificación a la norma los plazos fueron ampliados. Según la ley, el MTPE tiene que emitir el contenido mínimo de los documentos que las empresas deben preparar hasta el 14 de julio de este año y la Sunafil que va a fiscalizar esta obligación tiene para emitir sus directivas hasta el 14 de junio de este mes.
“La fiscalización que se va a hacer del cumplimiento de esta norma será a partir de julio del 2019 para las grandes empresas y para las micro y pequeñas empresas desde el 1 de diciembre del próximo año”, sostuvo en el programa Encendidos.
Indicó que con esta normativa los trabajadores de cualquier empresa podrán conocer cuál es la estructura de compensaciones o de salarios que se dan en la compañía.
“Por ejemplo los beneficios legales como las vacaciones o de una estructura variable como puede ser las comisiones o los bonos”, comentó. El abogado resaltó que las compañías no están obligadas a publicar los montos de las bandas salariales porque mucha gente pensaba que ahora las compañías tienen que publicitar los sueldos de los trabajadores y eso no es correcto.
Las empresas tienen que publicar qué beneficios se otorgan y si existen requisitos para los mismos, y cuáles son estos, además si las compañías hacen evaluaciones por desempeño.
Fuente: RPP Noticias
Fecha: 04/06/2018
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