miércoles, 9 de noviembre de 2016

Sistema SOL - SUNAT Operaciones en Línea - Personas

01 Concepto de Clave SOL

Es tu contraseña, de uso personal, que te permitirá acceder a SUNAT OPERACIONES EN LÌNEA (SOL), nuestra oficina virtual. La SUNAT te la entrega en sobre cerrado, de forma gratuita, junto con tu dato de Usuario.  
Recuerda que dicha contraseña es tan importante como tu clave del cajero automático por lo que se debe tomar las medidas necesarias para su uso y no permitir sea conocida por otras personas. 

02. Requisitos para obtener la Clave SOL - Personas

1.- Si realizas el trámite personalmente bastará con que exhibas tu Documento Nacional de Identidad (DNI), en los casos de extranjeros y personas que se identifican con documento de identidad distinto, deben exhibir el original y presentar una fotocopia.  
El Código de Usuario y la Clave SOL se entregan al deudor tributario o su representante legal acreditado en el RUC, o al empleador del trabajador del hogar o a la persona natural o su representante legal o al representante legal de la sociedad conyugal o sucesión indivisa que cuenta con CIP, en un sobre sellado. La Constancia de entrega de la Clave SOL debe ser firmada en señal de conformidad.
2.- Si el trámite lo realiza un tercero, éste deberá presentar la Solicitud de Acceso con los Rubros I y II de dicha solicitud debidamente llenados y firmados por el contribuyente o su representante legal acreditado en el RUC. Y la firma consignada en el Rubro II "Trámite Realizado por un Tercero" deberá encontrarse legalizada por notario. 
Adicionalmente, el tercero debe haber firmado el Rubro II de dicha solicitud y exhibir el original de su documento de identidad vigente y presentar una copia del mismo.
  • Puedes descargar e imprimir la "Solicitud de Acceso" para obtener la Clave SOL. También puedes pedirla en nuestras dependencias o Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional.

03. ¿Cómo ingresar/acceder a SUNAT Operaciones en Línea?

Para acceder a Sunat Operaciones en Línea, debes seguir estos pasos: 
1.-  Ingresa a SUNAT Virtual: www.sunat.gob.pe. y selecciona la opción opción "SUNAT Operaciones en línea- SOL".
2.- Elige entre las opciones Declaración y Pago, o Trámites Consultas, según corresponda.
3.- Ingresa tu número de RUC, usuario y Clave SOL y haz clic en el botón "Iniciar Sesión".

04. Transacciones y trámites con la Clave SOL

Podrás realizar, entre otras, las siguientes consultas, trámites y/o transacciones:
Declaraciones Determinativas elaboradas con el Programa de Declaración Telemática – PDT o Formularios Virtuales tales como: Declaraciones mensuales de Trabajadores Independientes – Formulario Virtual 616, de arrendamiento- Formulario Virtual 1683, del Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS – Formulario Virtual 1611, entre otras, así como efectuar el pago correspondiente vía cargo una cuenta predeterminada1, con tarjeta de crédito o débito2 o vía Portal Bancario.
Declaraciones Informativas elaboradas con el PDT, tales como: declaraciones de predios.
Cambiar tu clave de acceso (password), para mayor seguridad en sus consultas y transacciones al sistema SOL.
Consultar las Resoluciones que aprueban la devolución de saldo a favor en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta - Personas Naturales. 
Consultar tus autorizaciones de impresión de comprobantes de pago, por número de orden de formulario, por número de autorización.
 
Consultar tus notificaciones depositadas en el Buzón Electrónico que tienes asignado dentro del SUNAT Operaciones en Línea.
Consultar y pagar órdenes de pago, resoluciones de determinación y resoluciones de multa, entre otros .
Crear usuarios secundarios SOL relacionados a tu código de usuario, para autorizar a otras personas a tener acceso a los aplicativos que usted elija. Es responsabilidad del contribuyente tomar las debidas medidas de seguridad en el uso y autorizaciones que otorgue de su usuario SOL.
Dar de baja tus comprobantes de pago físicos y baja de serie.

Emitir tus recibos por honorarios electrónicos  si generas renta de cuarta categoría (trabajadores independientes).
Modificar datos de tu RUC, tales como: actividad comercial, modificación o confirmación de domicilio fiscal, alta y baja de tributos, baja de establecimientos anexos, nombre comercial, número telefónico, entre otras.
Obtener extracto de declaraciones y pagos: para verificar sus declaraciones y/o pagos realizados.
Pagar tus tributos de cuenta propia, retenciones, percepciones,  vía cargo una cuenta predeterminada, con tarjeta de crédito o débito o vía Portal Bancario.

Presentar declaraciones informativas, por ejemplo la de predios

Presentar la Declaración Exporta Fácil, para exportar a través de envíos postales, mercancías cuyo valor no excedan los US$ 5,000.

Presentar Solicitudes de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de deuda tributaria, también puede obtener un reporte de precalificación sobre el cumplimiento de requisitos y un archivo personalizado con la deuda que podrá acoger.
Presentar tus declaraciones de tributos mensuales y anuales,

Solicitar la modificación de datos en sus declaraciones y/o pagos, tales como: el número de RUC, período tributario, entre otras.
Solicitar suspensión temporal y reinicio de actividades de tu RUC.

05. Cambio de usuario y de Clave SOL

Para mayor seguridad, tú puedes cambiar por única vez tu Usuario SOL y simultáneamente la clave de acceso a SOL. Para ello realiza los siguientes pasos:
  • Después de haber ingresado a SUNAT Operaciones en Línea - SOL, ubique y elija la opción "Cambiar nombre de usuario" 
  • A continuación aparecerá la siguiente pantalla. Introduzca su nuevo usuario, su antigua clave y una nueva clave. Confirme la nueva clave y de clic en la opción "Grabar".
  • Finalmente el sistema te emitirá un mensaje confirmándole de que se ha realizado el cambio satisfactoriamente. La siguiente vez que ingreses a SOL, deberás utilizar su nuevo Usuario y Clave de Acceso. 
          El cambio de la Clave de Acceso a SOL puede realizarlos las veces que considere conveniente. 

06. Creación de Usuario Secundarios de la Clave SOL

Esta opción te permite dar acceso  a opciones de consultas y trámites en SUNAT Operaciones en Línea a las personas que consideres conveniente. Tener en cuenta que las consultas y/o trámites que realicen los usuarios secundarios que hayas creado, se considerarán realizados por tu persona.
Pasos a seguir:
  1. Después de haber ingresado con tu Clave SOL a SUNAT Operaciones en Línea, en “Acceso Directo” ubica y selecciona la opción “Administración Usuarios”. Luego selecciona el botón  “Crear Usuario”.
  2. A continuación aparecerá una pantalla donde debes ingresar el tipo y número de documento de identidad del usuario secundario (solo si el tipo de documento que ha elegido es diferente al DNI, el sistema le requerirá registrar los nombres y apellidos). El ingreso del correo electrónico es opcional.
  3. Luego, ingresa el usuario y la clave que utilizará el usuario secundario y presiona el botón “Siguiente”.
  4. Aparecerá una pantalla que te pedirá verificar los datos del usuario secundario. Si son correctos selecciona el botón “Asignar Perfiles”.  Si los datos no están correctos selecciona el botón “Retroceder” para corregirlos
  5. Una vez completado el paso anterior, se mostrará la pantalla de Asignación de Perfiles, que permite marcar los perfiles y/u opciones de consultas y trámites de SOL a los que el usuario secindario podrá tener acceso, según lo decidas. 
  6. Cada perfil tiene un conjunto de opciones de consultas y/o trámites relacionados a un tema. Cuando selecciones un perfil, el sistema marcará inicialmente todas las opciones, tú puedes mantenerlas o retirar aquellas a los que no autorizas ingresar al usuario secundario.
  7. Finalizada la marca de perfiles y/u opciones indicadas en el punto 6 selecciona el botón “Siguiente”.
  8. Como última etapa aparecerá una pantalla que te pedirá verificar los perfiles y/u opciones que has autorizado para el usuario secundario. Si están correctos seleciona el botón “Grabar”. Con esa acción termina el proceso de registro del nuevo usuario secundario.

07. Recuperación de Clave SOL por internet - Personas

Ahora puedes recuperar tu Clave SOL desde internet, para ello deberás registrar previamente una pregunta y respuesta segura, en caso olvides o pierdas tu Clave SOL podrás generar una nueva respondiendo correctamente a la pregunta segura que previamente consignaste.
importante sol
A continuación detallamos los pasos para el registro previo de la pregunta y respuesta segura, así como para que recuperes tu Clave SOL desde internet:
1.- REGISTRO PREVIO DE PREGUNTA Y RESPUESTA SEGURA
Al Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea aparecerá la siguiente ventana donde tendrás la opción de registrar tu pregunta (prediseñada o personalizada) y respuesta segura, luego de lo cual sólo deberás seguir las instrucciones del sistema:
Pregunta y_respuesta3
Ten en cuenta que el registro de tu pregunta y respuesta segura es obligatorio y desde el Usuario Principal de la Clave SOL.
2.- GENERACIÓN DE NUEVO USUARIO Y CLAVE SOL:
1.- En el caso que olvides tu usuario y/o Clave SOL, deberas ingresar a SUNAT Operaciones en Línea y seleccionar la Nueva Opción: ¿Te olvidaste tu usuario o clave?
Clave SOL
2.- A continuación deberás ingresar tu número de RUC, luego responder a la pregunta segura que consignaste previamente, y seguir las indicaciones que te brinde el sistema:
Clave SOL-olvido
Registro pregunta_segura

3.- Una vez ingreses la respuesta correcta a la pregunta segura se te remitirá al correo consignado en tu ficha RUC un link de acceso que te permitirá generar un nuevo Usuario y Clave SOL.
IMPORTANTE: El remitente del mensaje a su correo electrónico será webmaster@correo.sunat.gob.pe . Para asegurar que estos mensajes lleguen correctamente, por favor agréguelo a su lista de contactos.
Ingresa al link y te aparecerá la siguiente pantalla donde deberás seleccionar "Generar solo Clave" o "Generar Nuevo Usuario y Clave" y seguir las instrucciones que te brinde el sistema:
Generar nuevo_final
Cabe indicar que el link que se enviará a tu correo caduca en 48 horas, en cuyo caso, deberás volver a ingresar nuevamente la respuesta segura para que se te envíen otro link.
4.- Sólo tienes 3 oportunidades para contestar correctamente a la pregunta segura, en caso se agoten tus oportunidades tendrás 2 días adicionales con tres oportunidades en cada día para ingresar la respuesta correcta. De agotar todas sus oportunidades tendrás que acercarte por tu seguridad a un Centro de Servicios al Contribuyente con tu DNI y una copia a efectos de solicitar una nueva Clave SOL.
IMPORTANTE: Si has enviado más de una solicitud de regeneración de Clave y/o Usuario Sol, se te enviará un link por cada solicitud, que reemplazará al link anterior. Por eso recomendamos esperar unos minutos a que llegue el mensaje con el correo electrónico en vez de generar una nueva solicitud.
El link se puede utilizar sólo una vez para generar una nueva Clave y/o Usuario Sol. Si ya lo utilizaste o lo reemplazaste aparecerá este mensaje:
Aplicacin

08. Notificaciones Electrónicas - Personas

01. Concepto: 
Es una de las modalidades de notificación que puede emplear la SUNAT, para comunicarte los diversos actos que emite en el ejercicio de sus funciones.
Mediante esta modalidad de notificación, la SUNAT deposita en tu Buzón Electrónico asignado en SUNAT Operaciones en Línea, una copia o ejemplar del acto administrativo emitido. 
Recuerda que tienes la obligación de obtener tu Clave SOL al momento de inscribirte en el RUC y a consultar periódicamente tu buzón electrónico.
02. Aspectos importantes que debes conocer respecto a la notificación electrónica:
El buzón electrónico SOL cuenta con un entorno mejorado y más amigable para la recepción de notificaciones de los actos que emite SUNAT.
Adicionalmente, se ha considerado la incorporación progresiva del envío de recordatorios o alertas al número de teléfono celular y/o al correo electrónico declarados en tu ficha RUC como datos de contacto. Estos mensajes te recuerdan que ingreses al referido buzón para consultar el contenido de los actos administrativos notificados electrónicamente.
Por ello, te sugerimos mantener siempre actualizados dichos datos de contacto.
03. Beneficios que trae la notificación electrónica realizada en el buzón electrónico SOL
Facilitará el seguimiento a tus obligaciones tributarias, de manera rápida y segura, mediante dispositivos móviles y tablets, a cualquier hora y desde cualquier lugar.
Si quieres saber dónde consultar las comunicaciones o notificaciones lo puedes hacer en el Portal de SUNAT www.sunat.gob.pe  ingresando a SUNAT Operaciones en Línea https://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itmenu/MenuInternet.htm
04. Actos a notificar mediante el buzón electrónico, entre otros: 
  • Resoluciones de Fraccionamiento
  • Resoluciones de Devolución
  • Liberación de fondos de detracciones
  • Resoluciones de Ejecución Coactiva (REC)
  • Levantamiento de medida de embargo 
  • Órdenes de Pago
Así se mostrará en su buzón SOL la información de los documentos notificados electrónicamente

Video sobre Notificación Electrónica


05.- ¿Desde cuándo aplica la SUNAT el sistema de notificaciones electrónicas para notificar actos administrativos? 
La notificación de actos administrativos por medio electrónico vía Buzón SOL,  se establece a partir del año 2008, con la Resolución de Superintendencia N° 014-2008/SUNAT, vigente desde el 9 de febrero de ese mismo año. Se utilizó inicialmente para notificar electrónicamente las Resoluciones aprobatorias de fraccionamiento según el artículo 36° del Código Tributario, Resoluciones de Liberaciones de Fondos del SPOT, Resoluciones de Devoluciones y Resoluciones de Ingreso como Recaudación del SPOT.
Con fecha 13 de agosto de 2010 se publica la Resolución de Superintendencia N° 234-2010/SUNAT que incorpora como actos administrativos que pueden ser notificados de manera electrónica al anexo de la R.S. N° 014-2008/SUNAT que regula la administración de actos administrativos por medios electrónicos, a las Órdenes de Pago (OP). En la misma Resolución se indicó que entraría en vigencia a partir del 1ero de Octubre de este año.
Con RS 221 -2015 SUNAT Modifican la Resolución de Superintendencia N° 014-2008/SUNAT que regula la notificación de los actos administrativos por medios electrónicos, donde se incluye a las Resoluciones de Ejecución Coactiva (REC).
Como indica la SUNAT va incorporando en el Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 014-2008/SUNAT , de manera gradual, los actos administrativos que pueden ser notificados electrónicamente.

Fuente: Orientación SUNAT

1 comentario:

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