Se ubica por debajo de la tasa activa de moneda nacional (TAMN), indicó el tributarista Pablo Sotomayor.
Con la reducción de la tasa de interés moratorio (TIM) para deudas tributarias en moneda nacional y extranjera a 1% mensual y a 0.5% mensual, respectivamente, esta se ubica por debajo de la tasa activa de moneda nacional (TAMN), indicó el trubutarista Pablo Sotomayor.
Así, la TIM debe ser razonable y no convertirse en un mero elemento de disuasión a la omisión del pago de tributos –o de impugnación en el caso de determinación por la Sunat– por la exageración de su cuantía, agregó.
No obstante, sostuvo que paralelamente se han reducido también las tasas de interés compensatorio aplicables a devolución de pagos indebidos o en exceso, en consonancia con la actualización de la TIM.
Con ello, si bien los contribuyentes pagarán menos intereses moratorios por deudas tributarias, también recibirán menos intereses compensatorios por la devolución de pagos efectuados de manera indebida o en exceso, precisó el especialista, que labora como socio de Miranda & Amado.
Fuente: Diario oficial El Peruano
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