Igualdad de género. A partir del próximo 1 de julio las empresas medianas y grandes que no cumplan con la ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, publicada en noviembre del 2017, serán sancionadas, así lo informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral(Sunafil).
En caso de las mypes, la entidad pública iniciará las inspecciones a partir del 1 de diciembre de este año. Asimismo, Sunafil publicó el último miércoles el protocolo que realizarán los supervisores de inspectores, inspectores de trabajo y auxiliares que ejerzan la función inspectiva a nivel nacional para el cumplimiento del principio de "igual remuneración por trabajo de igual valor".
Según explicó el laboralista Germán Lora, Sunafil fiscalizará dos punto: "Primero verificará si las empresas cuentan con el cuadro de categorías y funciones de los trabajadores y en segundo lugar, que el empleador haya alcanzado a sus trabajadores su política remunerativa donde se especifique en qué condiciones podrían ganar más".
Cabe precisar que, ambos puntos se encuentran publicados en la Guía para la Igualdad Salarial publicada en diciembre pasado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Lineamientos
El objetivo es promover mejores métodos de evaluación y organización, y así garantizar la igualdad de oportunidades entre personas de uno y otro sexo.
Según la Ley Nº 30709, las empresas deberán evaluar y agrupar los puestos de trabajo en cuadros de categorías y funciones tomando como base criterios objetivos y la necesidad de su actividad económica.
Luego, contar con una política remunerativa e informar a sus trabajadores sobre esta (sin necesariamente indicar montos), así como los criterios de evaluaciones de desempeño; y tercero, evitar incurrir en discriminación directa o indirecta por motivo de sexo en sus prácticas.
De acuerdo con la norma, los criterios calificados como discriminación consideran aspectos vinculados directa o indirectamente con el embarazo, la maternidad, la paternidad, la lactancia, las responsabilidades familiares o ser víctima de violencia, anotó Romero.
El reglamento también incluye una guía con las pautas referenciales para la implementación de medidas de igualdad salarial. “Como parte de sus obligaciones, cada organización deberá identificar los puestos de trabajo que ofrece, fijar su composición, darles un valor y comparar si existe algún tipo de brecha salarial. Por eso es necesario que elaboren un cuadro de categoría y funciones”, recomendó.
Para el cuadro de categorías y funciones, este debe contener los puestos de trabajo incluidos en cada categoría; la descripción general de las características de los puestos que justifiquen su agrupación; y la jerarquización de las categorías basándose en su valoración y necesidad de la actividad económica. “Con este se podrá verificar si los puestos de igual valor tienen la misma remuneración”, dijo.
Datos
El incumplimiento de estas normas constituirá infracciones muy graves y se establecerán multas de hasta S/ 189,000 para las grandes empresas.
Las multas serán de S/ 32,130 para la pequeña empresa y de S/ 2,856 en el caso de la microempresa.
Fuente: Diario El Peruano/Diario Correo
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