miércoles, 20 de febrero de 2019

QUÉ ES EL COA?

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01. Concepto COA - Estado

Es una declaración de carácter informativo que están obligadas a presentar de manera mensual ante la SUNAT determinadas entidades del Sector Público Nacional que se detallan en el Anexo del Texto Único Actualizado (TUA) aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 278-2005-PCM. El Anexo fue sustituido por la Resolución Ministerial Nº 378-2008-PCM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21/11/2008. Con Resolución Ministerial 86-2011-PCMse incluyó en el citado Anexo al Ministerio de Cultura. Asimismo el Anexo del mencionado TUA fue sustituido con Resolución Ministerial N° 190-2013-PCM 
Esta declaración contiene los datos de todas sus adquisiciones de bienes y/o servicios, y que en algún momento involucren la utilización de recursos del Estado. 

El programa que se emplea para presentar la información se denomina Confrontación de Operaciones Autodeclaradas – COA.

La obligación de presentarla se estableció mediante el Decreto Supremo 027-2001-PCM.
Puede consultar el cronograma con los plazos para su presentación mensual en la Resolución de Superintendencia N° 056-2014/SUNAT para las adquisiciones de bienes y/o servicios de enero a diciembre de 2014.
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02. Obligados a presentar el COA Estado

Esta declaración debe ser presentada a la SUNAT por las Unidades Ejecutoras y Entidades comprendidas en el Sector Público Nacional, inclusive las Entidades bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, que se encuentren detalladas en la relación aprobada mediante Anexo del Decreto Supremo N° 027-2001-PCM, posteriormente sustituído por Resolución Ministerial Nº 278-2005-PCM, Resolución Ministerial Nº 378-2008-PCMResolución Ministerial N° 144-2013-PCM y Resolución Ministerial N° 190-2013-PCM. 
La relación de obligados a presentar mensualmente la declaración COA Estado puede consultarse en el anexo de laResolución Ministerial  190-2013-PCM, publicada el 25 de julio de 2013. 
                                                                   Descarguela desde aquí  
Nota: Mediante Resolución Ministerial N° 86-2011-PCM del 09 de marzo del 2011 fue incluido también al Ministerio de Cultura en el anexo como entidad obligada a informar a SUNAT sobre sus adquisiciones.

03. Operaciones a informar en el COA Estado


Se informan todas las adquisiciones de bienes y servicios que involucren el uso de los recursos del Estado en sus procesos de adquisición, aún cuando la operación se efectúe por encargo de un tercero, sea éste una entidad u organismo público o privado o internacional, de la siguiente manera:
  • El cien por ciento (100%) del valor total de sus importaciones; y
  • El cien por ciento (100%) de las notas de contabilidad que modifiquen el valor de las adquisiciones.
  • Como mínimo, el noventa por ciento (90%) del valor total de sus adquisiciones nacionales, no encontrándose obligadas a proporcionar información respecto de los comprobantes de pago cuyo monto total sea inferior al diez por ciento (10%) de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT vigente al 1 de enero de cada año, aún cuando al dejar de informar acerca de estas operaciones no se llegue al noventa por ciento (90%) del valor total de sus adquisiciones realizadas.
Ejemplos de adquisiciones de bienes y servicios que se deben informar:
 Adquisiciones de bienes muebles Limpieza Impresiones Equipos informáticos
 Suministros Alquileres Combustible Vehículos
 Servicios de vigilancia Consultorías    Materiales de escritorio    Repuestos

04. Cronograma mensual de presentación del COA Estado

Cronograma de presentación - Información de enero a diciembre de 2018


Año 2018
Adquisiciones del mes
Vencimiento según
último dígito del RUC
0,1,2,3,4
5,6,7,8,9
Enero
27.03.2018
28.03.2018
Febrero
27.04.2018
30.04.2018
Marzo
30.05.2018
31.05.2018
Abril
27.06.2018
28.06.2018
Mayo
30.07.2018
31.07.2018
Junio
29.08.2018
31.08.2018
Julio
27.09.2018
28.09.2018
Agosto
30.10.2018
31.10.2018
Setiembre
29.11.2018
30.11.2018
Octubre
28.12.2018
31.12.2018
Noviembre
30.01.2019
31.01.2019
Diciembre
27.02.2019
28.02.2019




Cronograma de presentación - Información de enero a diciembre de 2017

Año 2017
Adquisiciones del mes
Vencimiento según
último dígito del RUC
0,1,2,3,4
5,6,7,8,9
Enero
30.03.2017
31.03.2017
Febrero
27.04.2017
28.04.2017
Marzo
30.05.2017
31.05.2017
Abril
28.06.2017
30.06.2017
Mayo
27.07.2017
31.07.2017
Junio
29.08.2017
31.08.2017
Julio
28.09.2017
29.09.2017
Agosto
30.10.2017
31.10.2017
Setiembre
29.11.2017
30.11.2017
Octubre
28.12.2017
29.12.2017
Noviembre
30.01.2018
31.01.2018
Diciembre
27.02.2018
28.02.2018


  Cronograma de presentación - Información de enero a diciembre de 2015
Año 2015
Adquisiciones del mes
Último dígito del RUC
0,1,2,3,4
5,6,7,8,9
Enero
26.03.2015
27.03.2015
Febrero
27.04.2015
28.04.2015
Marzo
27.05.2015
28.05.2015
Abril
25.06.2015
26.06.2015
Mayo
23.07.2015
24.07.2015
Junio
26.08.2015
27.08.2015
Julio
28.09.2015
29.09.2015
Agosto
28.10.2015
29.10.2015
Setiembre
25.11.2015
26.11.2015
Octubre
28.12.2015
29.12.2015
Noviembre
27.01.2016
28.01.2016
Diciembre
24.02.2016
25.02.2016
Fuente : Resolución de Superintendencia N° 042-2015/SUNAT

Cronograma de presentación - Información de enero a diciembre de 2014
Año 2014
Adquisiciones del mes
Último dígito del RUC
0,1,2,3,4
5,6,7,8,9
Enero
27.03.2014
28.03.2014
Febrero
29.04.2014
30.04.2014
Marzo
29.05.2014
30.05.2014
Abril
26.06.2014
27.06.2014
Mayo
30.07.2014
31.07.2014
Junio
28.08.2014
29.08.2014
Julio
29.09.2014
30.09.2014
Agosto
30.10.2014
31.10.2014
Setiembre
27.11.2014
28.11.2014
Octubre
29.12.2014
30.12.2014
Noviembre
29.01.2015
30.01.2015
Diciembre
26.02.2015
27.02.2015

Fuente : Resolución de Superintendencia N° 056-2014/SUNAT - Publicada el 23 de febrero de 2014.


Cronograma de presentación - Información de enero a diciembre de 2013 

Año 2013
Adquisiciones del mes
Último dígito del RUC
0,1,2,3,4
5,6,7,8,9
Enero
22.03.2013
25.03.2013
Febrero
26.04.2013
29.04.2013
Marzo
29.05.2013
30.05.2013
Abril
25.06.2013
26.06.2013
Mayo
25.07.2013
26.07.2013
Junio
27.08.2013
28.08.2013
Julio
26.09.2013
27.09.2013
Agosto
29.10.2013
30.10.2013
Setiembre
27.11.2013
28.11.2013
Octubre
26.12.2013
27.12.2013
Noviembre
29.01.2014
30.01.2014
Diciembre
26.02.2014
27.02.2014
Fuente : Resolución de Superintendencia N° 084-2013/SUNAT Publicada el 12 de marzo de 2013.

05. Programa (PVS) y manual para declarar el COA - Estado

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La información deberá ser proporcionada en un disco compacto o una memoria USB, utilizando el aplicativo informático  PVS: Programa Validador de la SUNAT PVS - COA

-Descarga del PVS - COA  Auto Instalador INSPVS.exe Version 1.18 - (Actualizado el 30.10.2017) 

-Descarga de Manual PVS - COA - (Actualizado el 18.08.2016) 


Los declarantes deben registrar de manera manual o mediante proceso de transferencia el detalle de la información solicitada.

06. Lugar de presentación del COA

Presentación de la información

Las Unidades Ejecutoras y Entidades obligadas deben presentar la información en disquete, disco compacto o memoria USB, utilizando el aplicativo informático PVS: 

Programa Validador de la SUNAT: PVS – COA.

Cabe comentar que la información solicitada podrá ser ingresada al aplicativo PVS - COA mediante un proceso de transferencia desde otro sistema o aplicación.
Para una apropiada identificación cada medio magnético deberá tener adherida una etiqueta con un rótulo, tal como el que se muestra en el siguiente ejemplo de cómo etiquetar el tercer medio magnético de un total de cinco:

Sigla de identificación
:
SUNAT / COA/ 2013-MES
Nro. RUC
:
xxxxxxxx
Nombre o Razón Social
:
yyyyyyyyyyyyyyyyyy
Número de disquete
:
3/5

Asimismo, se podrá  adjuntar  al medio magnético una carta firmada por el Director General de Administración o por el funcionario que ejerza  cargo equivalente de la entidad (representante legal de la Unidad Ejecutora o Entidad que presenta la información) en original y copia,  adjuntando la “Constancia de Información Consistente COA ESTADO", para acreditar la información procesada y validada por el PVS-COA. Esta Constancia debe estar también firmada por el mencionado representante legal.
Si lo desea descargue un modelo de carta:  En formato .pdf   o en formato .doc

Lugares de presentación del PVS - COA: 
Si la Unidad Ejecutora o Entidad obligada es Principal Contribuyente Nacional presentará la información en la  Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.
Si es Principal contribuyente de la Intendencia Lima presentará la información en las dependencias encargadas de recepcionar sus declaraciones pagos o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT, en la provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao.
Si es Mediano o Pequeño Contribuyente presentará la información en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de Lima o la Provincia Constitucional del Callao.
Finalmente, si la Unidad Ejecutora o Entidad obligada pertenece al directorio de una Intendencia Regional u Oficina Zonal de SUNAT presentará la información en las dependencias de la SUNAT de su jurisdicción o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por dichas dependencias.

07. Incumplimiento de la presentación del COA

Cuando la Unidad Ejecutora o Entidad comprendida en el Sector Público Nacional incumpla con presentar la información o la proporcione de manera incompleta, o sin considerar la forma, plazos y condiciones establecidas, la SUNAT lo informará al titular de su Sector, a fin de que proceda a aplicar las sanciones establecidas en el artículo 6° del Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2001-PCM.

08. Sanciones relacionadas con la presentación del COA

Cuando la Unidad Ejecutora o Entidad comprendida en el Sector Público Nacional incumpla con presentar la información o la proporcione de manera incompleta, o sin considerar la forma, plazos y condiciones establecidas, la SUNAT lo informará al titular de su Sector, a fin de que proceda a aplicar las sanciones establecidas en el artículo 6° del Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2001-PCM.

09. Registro de Compras (para Unidades Ejecutoras y entidades sujetas al COA – Estado)

Las Unidades Ejecutoras y Entidades comprendidas en el Sector Público Nacional deberán llevar un Registro de Compras en el que anotarán las adquisiciones de bienes y/o servicios que realicen.
Dicho registro deberá mantenerse debidamente actualizado, por el funcionario responsable, hasta el último período mensual que hubiera sido informado. 

El Registro de Compras deberá contener la siguiente información mínima, la que deberá anotarse en columnas separadas:
  1. Fecha de emisión del comprobante de pago extendido por el proveedor o la fecha de pago del Impuesto que grave la importación de bienes y/o utilización de servicios.
  2. Tipo de documento, de acuerdo a la codificación aprobada por la SUNAT.
  3. Serie del comprobante de pago.
  4. Número de comprobante de pago o numero de orden del formulario donde conste el pago del Impuesto
  5. Numero de RUC del Proveedor
  6. Nombre, razón social o denominación del proveedor
  7. Base imponible de las adquisiciones gravadas con el Impuesto
  8. Valor de las adquisiciones no gravadas con el Impuesto
  9. Monto del Impuesto correspondiente a las adquisiciones gravadas.
  10. Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible del Impuesto, cuando corresponda.
  11. Importe total de las adquisiciones según comprobante de pago.
  12. Número de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior cuando corresponda.

10. Normas Legales- COA

 Resoluciones de Superintendencia 
Resolución de Superintendencia N° 033-2005/SUNAT - Publicada el 10 de febrero del 2005. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar entidades del Sector Público sobre adquisiciones de bienes y servicios en el año 2005. 
Resolución de Superintendencia N° 023-2006/SUNAT - Publicada el 08 de febrero del 2006. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre adquisiciones de bienes o servicios del año 2006.
 Resolución de Superintendencia N° 044-2007/SUNAT - Publicada el 02 de marzo del 2007. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre adquisiciones de bienes o servicios del año 2007.
 Resolución de Superintendencia N° 034-2008/SUNAT - Publicada el 15 de marzo del 2008. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre sus adquisiciones de bienes o servicios del año 2008.
 Resolución de Superintendencia N° 057-2009/SUNAT - Publicada el 25 de febrero del 2009. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre sus adquisiciones de bienes o servicios del año 2009.
 Resolución de Superintendencia N° 040-2010/SUNAT - Publicada el 03 de febrero del 2010. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre sus adquisiciones de bienes o servicios del año 2010.
 Resolución de Superintendencia N° 047-2011/SUNAT - Publicada el 24 de febrero del 2011. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre sus adquisiciones de bienes o servicios del año 2011.
 Resolución de Superintendencia N° 084-2013/SUNAT - Publicada el 12 de marzo de 2013. Aprueban la forma y condiciones en que deberán entregar la información a la SUNAT determinadas entidades del Sector Público y las Unidades Ejecutoras respecto de sus adquisiciones de bienes y/o servicios.
 Resolución de Superintendencia N° 056-2014/SUNAT -Publicada el 23 de febrero de 2014. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre sus adquisiciones de bienes o servicios del año 2014.
 Resolución de Superintendencia N° 042-2015/SUNAT.- Publicada el 07 de febrero de 2015. Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre sus adquisiciones de bienes o servicios del año 2015.
Otras normas
 Decreto Supremo N° 027-2001-PCM - Publicado el 22 de marzo del 2001. Aprueba el Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones.
 Resolución Ministerial N° 278-2005-PCM - Publicada el 13 de agosto de 2005. Sustituye Anexo del Texto Único Actualizado de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de informar sobre adquisiciones.
 Resolución Ministerial N° 378-2008-PCM - Publicada el 21 de noviembre del 2008. Sustituye Anexo del Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de informar sobre adquisiciones.
 Resolución Ministerial N° 86-2011-PCM - Publicada el 09 de marzo del 2011. Se incluye al Ministerio de Cultura en el anexo del Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de informar sobre adquisiciones.
 Resolución MInisterial N° 144-2013-PCM - Publicada el 06 de junio de 2013. Sustituyen Anexo del Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de informar sobre adquisiciones.
 Decreto Supremo Nº 190-2013-PCM - Publicado el 25 de julio del 2013. Sustituyen Anexo del Texto Único Actualizado de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones.
Fuente:
SUNAT

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