Facturación electrónica: ¿Qué entidades emiten y validan los comprobantes?
A la fecha, existen 95 proveedores (PSE) y 8 operadores (OSE) de servicios electrónicos autorizados por la Sunat. Te explicamos en esta nota cuáles son sus diferentes funciones.
El modelo de facturación electrónica viene siendo adoptado tanto voluntariamente como por la lista de de contribuyentes con ingresos mayores a S/622.500 (150 UIT), como lo designó la Sunat.
Frente a ello, muchos empresarios contratan los servicios del Operador de Servicios Electrónicos (OSE) para la validación de sus comprobantes de pago electrónicos. Sin embargo, este servicio suele ser confundido con el del Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE).
El modelo de facturación electrónica viene siendo adoptado tanto voluntariamente como por la lista de de contribuyentes con ingresos mayores a S/622.500 (150 UIT), como lo designó la Sunat.
Frente a ello, muchos empresarios contratan los servicios del Operador de Servicios Electrónicos (OSE) para la validación de sus comprobantes de pago electrónicos. Sin embargo, este servicio suele ser confundido con el del Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE).
En esta nota te explicaremos cuál es la diferencia entre ambos servicios y sus funcionalidades en el marco de la facturación electrónica, según TCI.
1. EMISIÓN Y VALIDACIÓN
El PSE facilita la emisión de los comprobantes electrónicos; mientras que el OSE los valida. Ambos son autorizados por la Sunat.
El PSE es el único responsable y autorizado de la conformidad técnica y administrativa que Sunat exige para todo el proceso de facturación. En tanto, el OSE se encarga de comprobar, verificar y autorizar la emisión de los comprobantes electrónicos de acuerdo al Sistema de Emisión Electrónica.
Así, el PSE resguarda la información, brinda soporte técnico y atención a los clientes; mientras que el OSE agiliza el proceso de facturación, mejora el servicio de respuesta, optimiza recursos y mejora la liquidez de las empresas.
2. SUS OBLIGACIONES
El PSE debe contar con una plataforma de soporte técnico para los emisores, contar con la certificación ISO/IEC-27001 (a partir del 1 de enero de 2019), permitir a la Sunat la inspección del cumplimiento de las obligaciones, entre otros.
De otro lado, el OSE debe presentar declaraciones juradas del IGV e IR, remitir a la Sunat cada CDR a más tardar en una hora, garantizar al menos un 99,96% de disponibilidad de los servicios, implementar el ISO/IEC-27001 (desde el segundo año de ser OSE), permitir que la Sunat verifique la plataforma tecnológica, guardar la reserva tributaria y de la información, entre otros.
A la fecha, existen 95 proveedores autorizados (PSE) y 8 operadores autorizados (OSE).
3. CÓMO SE CERTIFICAN ANTE LA SUNAT
Para ser autorizados como PSE u OSE, estos deben tener calidad de emisor electrónico, superar el proceso de inscripción y pruebas de la Sunat, además de otros requisitos.
El PSE debe contar con un capital igual o mayor a 150 UIT y contar con cinco o más trabajadores. En tanto, el OSE debe contar con un capital igual o mayor a 300 UIT, presentar una carta fianza de S/113.400, implementar controles de seguridad de la información, entre otras obligaciones.
4. MULTAS
Los PSE son retirados del registro cuando incumplen alguna de las obligaciones o funciones del servicio. En el caso de las OSE, los operadores estarán sujetos a una multa de hasta 25 UIT o hasta 3 años de retiro del registro, si incumplen sus obligaciones.
Fuente: El Comercio
Fecha: 09/10/18
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