01. Definición y Aspectos Generales
Las Guías de Remisión son documentos que sustentan el traslado de bienes entre distintas direcciones, existen distintas modalidades y aspectos relevantes, que se detallan en el siguiente cuadro:
TRANSPORTE PRIVADO
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TRANSPORTE PÚBLICO
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El transporte de los bienes es realizado por el propietario o poseedor
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El servicio de transporte es prestado por terceros
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Se debe emitir:
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Se deben emitir:
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Las guías de remisión y documentos que sustentan el traslado DEBEN SER EMITIDOS EN FORMA PREVIA AL TRASLADO DE BIENES.
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Se considera que no existe guía de remisión, cuando:
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REQUISITOS DE LA DIRECCIÓN DEL PUNTO DE PARTIDA Y LLEGADA:
La dirección debe contener en forma específica:
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RECUERDE
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LOS TRASLADOS DE LOS BIENES COMPRENDIDOS EN EL SISTEMA DE DETRACCIONES, deben estar sustentados, con:
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TRASLADO DE BIENES POR IMPORTACIÓN
En este caso no será necesario consignar en la guía de remisión emitida por el remitente los datos de los bienes transportados, en tanto se tengan los siguientes documentos:
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02. Guía de Remisión Remitente
La guía de remisión remitente debe contener la siguiente información:
INFORMACIÓN IMPRESA
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INFORMACIÓN NO NECESARIAMENTE IMPRESA
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Datos de identificación del remitente:
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Dirección del punto de partida:
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Denominación del Comprobante:
“GUÍA DE REMISIÓN-REMITENTE”
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Dirección del punto de llegada
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Numeración
Serie y número correlativo
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Fecha de emisión del “Comprobante de Retención”
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Motivo del traslado:
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Datos de identificación del destinatario
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Datos de la imprenta que realizo la impresión:
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Datos de identificación de la unidad de transporte y conductor
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Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT:que debe estar junto con los datos de la empresa gráfica
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Datos del bien transportado
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Destino del original y las copias:
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Fecha de inicio del traslado
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RECUERDE
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La Guía de remisión de remitente debe contener:
EL CÓDIGO DE AUTORIZACIÓN EMITIDO POR EL SISTEMA DE CONTROL DE ÓRDENES DE PEDIDO (SCOP), como requisito no necesariamente impreso, en la venta de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos.
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EN EL TRASLADO DE MERCANCIA EXTRANJERA DESDE EL PUERTO O AEROPUERTO HASTA EL ALMACÉN ADUANERO, CONFORME A LA LEY GENERAL DE ADUANAS, la guía de remisión remitente debe contener en sustitución de la información no necesariamente impresa:
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No será necesario consignar los datos de identificación de la unidad de transporte y del conductor, cuando:
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03. Guía de Remisión Transportista
La guía de remisión transportista debe contener la siguiente información:
INFORMACIÓN IMPRESA
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INFORMACIÓN NO NECESARIAMENTE IMPRESA
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Datos de identificación del transportista:
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Distrito y departamento del punto de partida
En caso que el punto de emisión coincida con el punto de partida no se requiere consignar este dato.
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Número de Registro otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
En el caso que por lo menos uno de los vehículos del transportistas, propios o tomados en arrendamiento financiero tuviera una capacidad de carga útil mayor a dos toneladas métricas (2TM)
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Distrito y departamento del punto de llegada
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Denominación del documento:
GUÍA DE REMISIÓN -TRANSPORTISTA
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Datos de identificación de la unidad de transporte y del conductor:
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Numeración
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Cuando corresponda la emisión de la guía de remisión remitente, se consignará el número y serie de la misma o comprobante de pago, que puedan sustentar el traslado de los bienes.
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Datos de la imprenta que realizo la impresión:
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Fecha de inicio del traslado
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Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT: que debe estar junto con los datos de la empresa gráfica
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Transporte subcontratado
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Destino del original y las copias:
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Se describirá d talladamente el bien cuando los bienes trasladados sean de propiedad o estén en posesión de sujetos no obligados a emitir guías de remisión, comprobantes de pago, sujetos del nuevo RUS o emitan recibos por honorarios
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Datos de identificación del remitente
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Datos de identificación del destinatario
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Número de RUC del sujeto que efectúa el pago del servicio de transporte, o tipo y número de documento de identidad y apellidos y nombres
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04. Excepciones en la emisión de Guía de Remisión Remitente
No será exigible la emisión de la Guía de Remisión Remitente en los siguientes casos:
EXCEPCIONES EN LA EMISIÓN DE LA GUÍA DE REMISIÓN REMITENTE
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SI EL COMPRADOR SE ENCARGA DE REALIZAR EL TRASLADO DE LOS BIENES
El traslado será sustentado con el original de la factura y el vendedor debe consignar en dicho documento:
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SI EL VENDEDOR SE ENCARGA DE REALIZAR EL TRASLADO
El original y la copia SUNAT de la factura sustentan el traslado y se debe indicar lo siguiente:
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SI EL TRASLADO ES REALIZADO POR CONSUMIDORES FINALES
En este caso los traslados serán sustentados con:
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SI LA COMPRA SE REALIZA CON LIQUIDACIÓN DE COMPRA
El traslado será sustentado por el remitente con la liquidación de compra que debe contener la siguiente información:
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05. Excepciones en la emisión de Guías de Remisión Remitente y Transportista
EXCEPCIONES EN LA EMISIÓN DE LA GUÍA DE REMISIÓN REMITENTE Y TRANSPORTISTA
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CUANDO EL TRASLADO SE REALIZA POR TRANSPORTE INTERPROVINCIAL REGULAR DE PASAJEROS
El traslado será sustentado:
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VENTA A CONSUMIDORES FINALES, por medio de INTERNET, TELÉFONO, TELEFAX O SIMILARESÉFONO, TELEFAX O SIMILARES
El traslado será sustentado con:
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06. Casos Especiales en la Emisión de Guías de Remisión
CASOS ESPECIALES EN LA EMISIÓN DE GUÍAS DE REMISIÓN
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SE EMITIRA UNA SOLA GUÍA DE REMISIÓN TRANSPORTISTA
Cuando el servicio es prestado por un transportista y los bienes son de propiedad o están en posesión de:
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CUANDO SE REALIZA UN TRANSBORDO DURANTE EL TRASLADO DE BIENES O TRANSPORTE MULTIMODAL
En la guía de remisión (Remitente y Transportista) deberá detallarse por cada tramo:
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CUANDO EL SERVICIO DE TRANSPORTE ES SUBCONTRATADO
El transportista (tercero) subcontratado emitirá la GUÍA DE REMISIÓN TRANSPORTISTA con:
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CUANDO EL TRASLADO ES REALIZADO POR EL TRANSPORTISTA CON MÁS DE 20 REMITENTES
Este traslado puede ser sustentado con una GUÍA DE REMISIÓN TRANSPORTISTA, siempre que en el rubro "datos del bien transportado se le coloque la siguiente información :
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TRASLADO DE BIENES REALIZADO POR EMISORES ITINERANTES
El traslado será sustentado con las Guías de Remisión (remitente y transportista) y se debe:
Realizada la venta, debe consignarse la numeración de los comprobantes de pago emitidos.
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TRASLADO PARA VARIOS DESTINATARIOS Y PUNTOS DE LLEGADA
Este traslado puede ser sustentado con UNA GUÍA DE REMISIÓN REMITENTE, con:
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Fuente: SUNAT
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