jueves, 12 de septiembre de 2019

MEF propone modificaciones en leyes de impuestos aduaneros, vehiculares y prediales

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El viceministro de Economía, Michel Canta, sustentó hoy ante la Comisión de Economía del Congreso de la República la ley que modifica la Ley de Tributación Municipal, la Ley General de Aduanas y la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.
Canta señaló que la finalidad de las modificaciones es simplificar la determinación de algunos tributos, ampliar la base tributaria municipal y los mecanismos de cobranza.
Uno de los puntos se refiere al impuesto predial para nuevas edificaciones, relacionado a la exoneración de impuestos durante los 3 primeros años de iniciada una construcción.
“Sin embargo, cuando termina ese periodo uno esperaría que la persona interesada que realizó la edificación nueva tenga que acercarse a la municipalidad para que registre la valorización de su edificación, pero muchas veces no hay este acercamiento y no se cobra el valor real”, acotó el viceministro.
Asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) propuso fortalecer la gestión de administración municipal tributaria. Es decir, que las municipalidades contraten o firmen convenios de gestión de administración de sus tributos con otras municipalidades.
Tributos vehiculares
Una de las modificaciones planteadas es la acreditación de no adeudado relacionado al impuesto del patrimonio vehicular. “Cuando uno compra un carro está sujeto a un impuesto por 3 años. Pero si vende a un tercero, se les pide pagar el último año del impuesto y el nuevo propietario recién se entera que hay una deuda pendiente”, explicó Canta.
Otra medida plantea exonerar de tributos cuando se produce un robo o destrucción total del vehículo. “Hoy en día si alguien pierde el auto en un robo o accidente con perdida total del vehículo, ese robo no exime al dueño de seguir pagando el impuesto de patrimonio vehicular. El dueño tiene que seguir pagando aún cuando ya lo perdió”, detalló el viceminsitro.
El MEF también propuso la corrección del impuesto de patrimonio vehicular a camiones. “La ley establecía el impuesto a camiones, pero hubo una definición que diferenciaba entre tracto camión, que es la parte delantera, y camiones. Y como la ley solo indica que se aplique a camiones, muchas veces se exonera el tracto camión. Solo introducimos la definición que también se refiere a tracto camión”, explicó Canta.
Aduanas
A la par, el MEF busca incentivar la matriculación de capitanía del puerto de embarcaciones.
“Hoy en día ustedes miran las embarcaciones recreo y muy pocas tienen bandera peruana, la mayoría extranjera. Cada cierto tiempo estas embarcaciones salen del litoral peruano, luego reingresan y terminan exonerados de los tributos. o que hacemos es modificar el régimen de admisión temporal distinguiendo si es persona jurídica o natural”, señaló el viceministro de Economía.
Fuente : Diario La República
Fecha: 11/09/2019

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