Facturas electrónicas: Los OSE están prohibidos de violar la reserva tributaria de contribuyentes.
Los OSE respondieron ante la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la obligación de contratar a estas compañías para validar los comprobantes electrónicos.
Hace unos días Gestión.pe informó sobre la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Colegios de Contadores Públicos del Perú, en contra de la norma que obligará a las empresas a contratar a un Operador de Servicios Electrónicos (OSE) para validar sus comprobantes de pago electrónicos.
Al respecto, la OSE Transporte Confidencial de Información (TCI) aclaró que según la normativa de Sunat estas compañías están prohibidas de violar la reserva tributaria de los contribuyentes y usar esa información para fines propios.
TCI refirió que según la resolución de la Sunat N.º 117 -2017, se establecieron sanciones para las OSE en caso de incumplir la norma.
1. Infracción: No guardar la reserva tributaria de la información obtenida al realizar su labor como OSE.
2. Sanción: Retiro como OSE por 3 años
3. Tipo de infracción: Muy alto
2. Sanción: Retiro como OSE por 3 años
3. Tipo de infracción: Muy alto
Beneficios
TCI indicó que el uso de las OSE ayudará a agilizar los procesos de facturación electrónica y mejorará los tiempos de respuesta del comprobante.
TCI indicó que el uso de las OSE ayudará a agilizar los procesos de facturación electrónica y mejorará los tiempos de respuesta del comprobante.
“Con ello se evitan problemas como demoras en el otorgamiento, retraso en las cobranzas, en los procesos de cierre del mes y demoras en los despachos” afirmó Renzo Alcántara, gerente general de TCI.
Fuente: diario Gestión
Fecha: 04/03/2019
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